¿FIN DE LAS RECETAS DIGITALES?
Así comienza la resolución. En lo personal pareciera que lo único que quieren es complicarnos la vida, seguro que algún curro se traen entre manos, ahora que ya estaba todo aceitado con el sistema digital, lo sacan de circulación, luego de todo el trabajo que hicieron las asociaciones de suboficiales para enseñar a los adultos mayores a crearse una cuenta de correo electrónico, manejar las redes sociales y asesorar que dispositivos les convenía comprar para poder acceder a estas ventajas, es lamentable, el mismo evitaba tener que ir al médico, pedir las respetas, volver a buscarlas, gastar en papel, tinta, dinero para movilizarse, tiempo y electricidad. Bueno ¿Qué se va hacer? solo les digo una cosa: acuérdense cuando vayan a votar.
Continua la resolución: Por lo expuesto, queda sin efecto la utilización de prescripciones de medicamentos en …”formato de mensaje de texto o mensajes a través de aplicaciones de mensajería vía web, mail o fax…”.
Lo mencionado significa que la única forma válida para la dispensa de medicamentos en toda la red de farmacias propias y convenidas será la receta física en papel a partir del día 27/12/2022.
Las Delegaciones IOSFA deberán dejar de utilizar el sello digital oportunamente informado mediante los ME2022-94411379-APN-SAFYF#IOSFA y ME-2022-96019215-APN-SAFYF#IOSFA. Asimismo, continúa vigente la opción de no ser requerida las autorizaciones de recetas cuando el afiliado debidamente enrolado en el sistema SGPS concurra a una FARMACIA PROPIA para los planes:
• Plan Materno Infantil (PMI) hijo o hija (excepto leches medicamentosas incluidas en el Vademécum PMI, estas requieren autorización hasta el año de vida).
• Plan Materno Infantil (PMI) madre.
• Procreación responsable, de acuerdo con el Vademécum Anticoncepción 100% vigente.
• Plan diabetes (hipoglucemiantes orales de acuerdo con el de acuerdo con el Vademécum Diabetes 100% vigente).
• Plan crónicos, de acuerdo con el Vademécum Crónicos 70% vigente. Comprende las siguientes coberturas:
○ Enfermedades inflamatorias crónicas/reumáticas.
○ Enfermedades y factores de riesgo cardiovascular.
○ Enfermedades neurológicas/psiquiátricas.
○ Enfermedades oftalmológicas.
○ Enfermedades respiratorias.
○ Enfermedades urológicas.
○ Enfermedades endócrinas y metabólicas.
Las autorizaciones por excepción, fuera de los planes arriba enunciados, continuarán requiriendo la intervención de las Delegaciones para su aprobación y dispensa.
En el caso de las farmacias convenidas, el procedimiento seguirá requiriendo, en todos los casos, la autorización de las recetas por parte de la Delegación.
Fuente: SAFYF#IOSFA
Autor: Daniel SANTEUFEMIA Periodista, miembro de APYCRA.